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    La licencia de uso de marca ¿franquicia o arrendamiento?


    Autor

    Labariega Villanueva, Pedro Alfonso

    Metadata

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    Materia

    Arrendamiento; comercialización; franquicia; licencia; derecho de marca registrada; uso.

    Descripción

    Dentro de la estructura financiera y económica de las empresas es frecuente que las marcas aparezcan como uno de los activos importantes. La razón de ello radica en que éstas, representan no sólo el vehículo mediante el cual la empresa da a conocer en el mercado los productos o servicios que comercializa, sino que al mismo tiempo constituyen un derecho exclusivo sobre el uso de una denominación y/o logotipo concretos en un sector del mercado.Sin duda la marca es, hoy en día, uno de los activos empresariales de más fácil trasmisión, del que es oportuno resaltar su valiosa aportación al momento de transferirla o licenciarla, habida cuenta que, el titular de una marca, cuando la licencia o enajena, transfiere con ella la totalidad o parte de los productos o servicios que ésta designa en el mercado con esa determinada denominación o logotipo, traspasando con ello la explotación o la titularidad de este activo empresarial.De ahí la importancia de la marca como activo de la empresa: su simple transmisión puede implicar el uso exclusivo de determinada denominación y/o logotipo para designar determinados productos o servicios en un sector del mercado.Es muy importante estar concientes de que la marca deviene un signo distintivo de las empresas y que dicha característica al ser considerada por el derecho merece una atención particular. Así que el examen jurídico de una de las figuras contractuales a través de la cual el signo distintivo sale de las manos del titular para que un tercero lo explote en productos o servicios idénticos o similares, es más que pertinente. Por otro lado, es indudable que en el derecho positivo mexicano, la implementación legislativa establecida actualmente para las modalidades típicas del contrato de licencia es, en general, escasa y fragmentaria y no proporciona herramientas que permitan completar su régimen jurídico en todo aquello no programado por la voluntad de los contratantes. El examen de esta figura que ahora se entrega no es un estudio exhaustivo, tan sólo una propuesta más o menos acabada con la finalidad de que se difunda su régimen jurídico.

    URL de acceso al recurso

    https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/derecho-privado/article/view/9055
    10.22201/iij.24487902e.2014.6.9055

    URI

    http://revistas.suiiurisasociacion.com/xmlui/handle/123456789/4169

    Editor

    Institute of Legal Research of The National Autonomous University of Mexico.

    Collections

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