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    Consideraciones en torno a las "operaciones para el mantenimiento de la paz"


    Autor

    Gómez-Robledo Verduzco, Alonso

    Metadata

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    Descripción

    Número 103Enero - Abril 2002Nueva Serie Año XXXVISSN 0041 8633 CONSIDERACIONES EN TORNO A LAS "OPERACIONES PARA EL MANTENIMIENTO DE LA PAZ" Alonso GÓMEZ-ROBLEDO VERDUZCO * The consent of the local parties, imparciality and use of force only in self-defense should remain the bedrock principles of peace keeping operations. However, in the context of modern peace operations dealing with intra-State-transnational conflicts, con-sent may be manipulated in many ways by the local parties. Aparty may give its consent to United Nations presence merely to gain time to retool its Lighting forces and with-draw consent when the peace keeping opera-tion no longer serves its interest. By the time the lessons of the peace keeping operations of the early 1990s, wee learned and were about to be implemented, the realities (DS) of the second half of the decade dramatically changed and the nature of peacekeeping shiffted again. Descriptors: United Nations, security system, Security Council, peace operations. *Investigador titular del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. * Nota: Debido que la traducción es automática podrá ser inexacta o contener errores.
     
    Número 103Enero - Abril 2002Nueva Serie Año XXXVISSN 0041 8633 CONSIDERACIONES EN TORNO A LAS "OPERACIONES PARA EL MANTENIMIENTO DE LA PAZ" Alonso GÓMEZ-ROBLEDO VERDUZCO * El consentimiento previo de las partes en un conflicto, la absoluta imparcialidad, y el no-uso de la fuerza, salvo en el caso de legítima defensa, deben permanecer como los constitutivos y pieza angular de las "operaciones para mantenimiento de la paz". Sin embargo, es necesario reconocer que la práctica internacional demuestra que en el contexto contemporáneo de las "operaciones de paz" que tienen que ver con conflictos intraestatales y/o transnacionales, el consentimiento puede ser ampliamente manipulado en formas muy diversas por las mismas partes insertas en el conflicto. Así, una parte puede otorgar su consentimiento a la presencia de un cuerpo de Naciones Unidas, pero sólamente con objeto de ganar tiempo para reestructurar sus propias "fuerzas combatientes" y retirar el consentimiento en el momento en que las "operaciones para el mantenimiento de la paz" se conviertan en obstáculo para la prosecución de sus intereses. Palabras clave: Naciones Unidas, sistema de seguridad, Consejo de Seguridad, operaciones de paz. *Investigador titular del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM. * Nota: Debido que la traducción es automática podrá ser inexacta o contener errores.
     

    URL de acceso al recurso

    https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/derecho-comparado/article/view/3704
    10.22201/iij.24484873e.2002.103.3704

    URI

    http://revistas.suiiurisasociacion.com/xmlui/handle/123456789/26930

    Editor

    Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Jurídicas

    Collections

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