El derecho penal simbólico y los efectos de la pena
Descripción
Número 103Enero - Abril 2002Nueva Serie Año XXXVISSN 0041 8633 EL DERECHO PENAL SIMBÓLICO Y LOS EFECTOS DE LA PENA * José Luis DÍEZ RIPOLLÉS ** The author starts from the proposition that the use of the so-called "symbo-lic effects" is inherent to criminal law, and that the latter has always resorted to such effects to reach its goals. On the basis of this idea, the essay studies the nature and way of operation of the above mentioned effects, after which a series of proposals are advanced, in connection with the conditions that must be present to guarantee the legitimacy of the use of such "symbolic effects". In the last part of the article, a set of strategies to deal with the growing development of the symbolic effects in criminal law are suggested. However, according to the author, such strategies will not produce the expected results, unless technical instruments are created in order to verify the correctness of criminal sentences from the point of view of the social and personal effects that are sought. Descriptors: penalty, symbolic criminal law, effects of the penalty. *Este trabajo tiene su origen en la ponencia realizada para el seminario Crítica y justificación del derecho penal en el cambio de siglo. El análisis crítico de la escuela de Frankfurt, celebrado en Toledo los días 13 al 15 de abril de 2000. Su contenido es sus tancialmente idéntico a lo allí presentado, aunque se han añadido algunos pasajes, en parte derivados del debate que siguió a su exposición. ** Catedrático de derecho penal de la Universidad de Málaga. * Nota: Debido que la traducción es automática podrá ser inexacta o contener errores. Número 103Enero - Abril 2002Nueva Serie Año XXXVISSN 0041 8633 EL DERECHO PENAL SIMBÓLICO Y LOS EFECTOS DE LA PENA * José Luis DÍEZ RIPOLLÉS ** El autor parte de la doble constatación de que al derecho penal le es consustancial el uso de los denominados "efectos simbólicos" y que, en efecto, se ha servido siempre de ellos para la obtención de sus fines. A partir de esta idea, se profundiza en el análisis de naturaleza y modo de operar de dichos efectos para, posteriormente, realizar algunas aportaciones en relación con las condiciones que deben concurrir para que el uso de dichos efectos tenga legitimidad. En la parte final se explican algunas estrategias de confrontación con el creciente desarrollo del derecho penal simbólico, después de lo cual se afirma que dichas estrategias no tendrán la debida concreción y operatividad mien-tras no se desarrollen instrumentos técnicos que permitan verificar la corrección de las decisiones penales desde el punto de vista de los efectos sociopersonales pretendidos. Palabras clave: pena, derecho penal simbólico, efectos de la pena. *Este trabajo tiene su origen en la ponencia realizada para el seminario Crítica y justificación del derecho penal en el cambio de siglo. El análisis crítico de la escuela de Frankfurt, celebrado en Toledo los días 13 al 15 de abril de 2000. Su contenido es sus tancialmente idéntico a lo allí presentado, aunque se han añadido algunos pasajes, en parte derivados del debate que siguió a su exposición. ** Catedrático de derecho penal de la Universidad de Málaga. * Nota: Debido que la traducción es automática podrá ser inexacta o contener errores.
URL de acceso al recurso
https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/derecho-comparado/article/view/370310.22201/iij.24484873e.2002.103.3703
Editor
Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Jurídicas