PROTECCIÓN INTERDICTAL DE BIENES PÚBLICOS DE USO COMÚN. ESTUDIO COMPARADO
Materia
Protección de bienes públicosDescripción
Actualmente en nuestro país nos encontramos ante situaciones polémicas respecto la protección de los bienes públicos. Esta problemática se agrava debido a la poca y deficiente regulación. Un ejemplo de ello es el abuso que realizan algunos, argumentando la mal entendida garantía de libertad de expresión, cuando impiden el ejercicio del derecho de uso de los bienes públicos de uso común como vías, caminos públicos, a los demás. En el presente artículo analizo la protección de los bienes públicos en el derecho romano clásico y, luego, en el derecho mexicano, en especial a los bienes públicos de uso común. Las razones por las que me inclino al estudio de los bienes públicos de uso común son, principalmente, la problemática que enfrentamos actualmente debido a la falta de defensa de los usuarios de bienes públicos destinados al uso común, aunado a que los romanos desarrollaron con más profundidad los interdictos que protegen dichos bienes, a diferencia de que sólo existió un interdicto que protegía al concesionario de un bien público para que no se le impidiera el ejercicio de su derecho. Este es el interdicto sobre el disfrute de un lugar público (Interdictum de loco publico friendo).
URL de acceso al recurso
https://www.revistas.unam.mx/index.php/rfdm/article/view/6121810.22201/fder.24488933e.2008.249.61218
Editor
Faculty of Law of National Autonomous University of Mexico