Análisis de la validez y eficacia probatoria de las grabaciones obtenidas a través de "trampas de escuchas"
Descripción
Número 124Enero - Abril 2009ISSN 0041 8633 ANÁLISIS DE LA VALIDEZ Y EFICACIA PROBATORIA DE LAS GRABACIONES OBTENIDAS A TRAVÉS DE "TRAMPAS DE ESCUCHAS"* AN ANALYSIS OF THE VALIDITY AND PROBATIVE VALUE OF TAPES OBTAINED WITH "WIRE TRAPS" Juan Antonio ROSAS CASTAÑEDA** The probative value recording private conversations made by one of the speakers across the so-called "wire traps" implies a prior assessment as to whether such conduct violates the right to privacy, the secrecy of communications and the guarantee of non-self-incrimination of the accused. However, this first level of analysis is not sufficient for the judge to give probative effectiveness to the evidence thus obtained, must verify compliance with certain requirements to ensure that the content of the tape recording or video is authentic and credible. The authenticity of the evidence is verified through the formalities applicable to the recognition of documentary evidence or through an expertise; while the "bonus" for credibility is obtained from the comparison with other tests also have been lawfully obtained and incorporated to the process. Descriptors: Evidence, probative value, probative effectiveness, wire traps, right to privacy. * Artículo recibido el 25 de febrero de 2008 y aceptado para su publicación el 2 de junio de 2008. ** Abogado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Lima. * Nota: Debido que la traducción es automática podrá ser inexacta o contener errores. Número 124Enero - Abril 2009ISSN 0041 8633 ANÁLISIS DE LA VALIDEZ Y EFICACIA PROBATORIA DE LAS GRABACIONES OBTENIDAS A TRAVÉS DE "TRAMPAS DE ESCUCHAS"* AN ANALYSIS OF THE VALIDITY AND PROBATIVE VALUE OF TAPES OBTAINED WITH "WIRE TRAPS" Juan Antonio ROSAS CASTAÑEDA** La validez probatoria de la grabación de conversaciones privadas realizada por uno de los interlocutores a través de las denominadas "trampas de escuchas" comporta una previa evaluación respecto a si dicha conducta vulnera el derecho a la intimidad, al secreto de las comunicaciones y la garantía de la no autoincriminación del imputado. Sin embargo, este primer nivel de análisis no basta para que el juzgador otorgue eficacia probatoria a la prueba así obtenida, debe verificar el cumplimiento de ciertos requisitos para asegurarse que lo contenido en la grabación magnetofónica o videográfica es auténtico y creíble. La autenticidad de la prueba se verifica a través de las diligencias de reconocimiento aplicable a la prueba documental o a través de una pericia; mientras que el plus de credibilidad se obtiene de la confrontación con otras pruebas que también hayan sido obtenidas e incorporadas legalmente al proceso. Palabras claves: prueba, validez probatoria, eficacia probatoria, trampas de escuchas, derecho a la intimidad, derecho al secreto de las comunicaciones. * Artículo recibido el 25 de febrero de 2008 y aceptado para su publicación el 2 de junio de 2008. ** Abogado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Lima. * Nota: Debido que la traducción es automática podrá ser inexacta o contener errores.
URL de acceso al recurso
https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/derecho-comparado/article/view/409510.22201/iij.24484873e.2009.124.4095
Editor
Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Jurídicas