El Instituto Mexicano del Seguro Social ante el pago de gastos médicos erogados por derechohabientes en el extranjero
Materia
gastos médicos; tratados internacionales; Instituto Mexicano del Seguro Social; territorio nacional; derechohabientesDescripción
El presente artículo tiene por objetivo analizar el ámbito espacial de aplicación de la Ley de Seguro Social y los tratados internacionales que ha suscrito el Estado mexicano en materia de seguridad social, en lo relativo al seguro de enfermedades, para determinar si el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) está obligado a cubrir gastos médicos ocurridos a derechohabientes cuando sufren una enfermedad durante su estancia en el extranjero. Por motivos de trabajo a veces formal e informal, recreativos, esparcimiento, etcétera, los derechohabientes del IMSS en ocasiones se encuentren en otro país, algunos han sufrido enfermedades o accidentes imprevistos; en algunos casos han reclamado el rembolso de dichos gastos, cuestión que ya se ha planteado ante tribunales nacionales.
URL de acceso al recurso
https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/derecho-social/article/view/978210.1016/j.rlds.2015.09.003
Editor
Instituto de Investigaciones Jurídicas