El Estado puede incurrir en responsabilidad por la falta de protección adecuada a cualquier persona cuya vida corra peligro en razón de su cargo o sus actividades.Extracto de la Sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado,
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Instituto de Investigaciones Jurídicas/Corte Interamericana de Derechis Humanos